CONDICIONES GENERALES DE LA HOSTELERÍA 2006 (AGBH 2006)

§ 1 Ámbito de aplicación
1.1 Las presentes Condiciones Generales de la Hostelería (en lo sucesivo «AGBH 2006») sustituyen a las anteriores ÖHVB en su versión de 23 de septiembre de 1981.
1.2 Las AGBH 2006 no excluyen acuerdos especiales. Las AGBH 2006 son subsidiarias de los acuerdos individuales.

§ 2 Definiciones de términos
2.1 Definiciones de términos:
«Propietario»: Es una persona física o jurídica que aloja a huéspedes a cambio de una remuneración.
«Huésped»: Es una persona física que hace uso del alojamiento. Por regla general, el huésped es también la parte contratante.
El término «huésped» incluye también a las personas que viajan con la parte contratante (por ejemplo, familiares, amigos, etc.).
«Parte contratante»: Persona física o jurídica en Austria o en el extranjero que celebra un contrato de alojamiento como huésped o en nombre de un huésped.
«Consumidor» y «empresario»: Los términos deben entenderse en el sentido de la Ley de Protección de los Consumidores de 1979 en su versión modificada.
«Contrato de alojamiento»: Es el contrato celebrado entre el proveedor de alojamiento y la parte contratante, cuyo contenido se regula con más detalle a continuación.

§ 3 Conclusión del contrato – pago a cuenta
3.1 El contrato de alojamiento se concluirá con la aceptación del pedido de la Parte por parte del Propietario. Las declaraciones electrónicas se considerarán recibidas si la parte a la que van dirigidas puede recuperarlas en circunstancias normales y si se reciben dentro del horario comercial publicado del hospedero.
3.2 El hospedero tendrá derecho a concluir el contrato de hospedaje con la condición de que la parte contratante realice un pago a cuenta. En este caso, el hospedero está obligado a comunicar a la parte contratante el pago a cuenta requerido antes de aceptar el pedido escrito u oral de la parte contratante. Si la parte contratante está de acuerdo con el pago del anticipo (por escrito o verbalmente), el contrato de hospedaje se considerará concluido en el momento en que el hospedero reciba la declaración de consentimiento de la parte contratante para el pago del anticipo.
3.3 La parte contratante está obligada a pagar el anticipo a más tardar 7 días (recibo) antes del hospedaje. Los costes de la transacción monetaria (por ejemplo, gastos de transferencia) correrán a cargo de la Parte. Para las tarjetas de crédito y débito, se aplicarán los términos y condiciones respectivos de las compañías emisoras de las tarjetas.
3.4 El anticipo es un pago a cuenta de la remuneración acordada.

§ 4 Inicio y fin del alojamiento
4.1 Salvo que el Propietario ofrezca otro horario de ocupación, la Parte tendrá derecho a ocupar las habitaciones alquiladas a partir de las 16.00 horas del día acordado («día de llegada»).
4.2 Si una habitación se ocupa por primera vez antes de las 6.00 horas, la noche anterior contará como primera pernoctación.
4.3 La Parte deberá desocupar las habitaciones alquiladas antes de las 12.00 horas del día de salida. El Propietario tendrá derecho a cobrar un día adicional si las habitaciones alquiladas no son desalojadas en el plazo establecido.

§ 5 Rescisión del contrato de alojamiento – gastos de cancelación
5. Rescisión por parte del hospedero
5.1 Si el contrato de hospedaje prevé el pago de un anticipo y éste no ha sido efectuado por la parte contratante a su debido tiempo, el hospedero podrá rescindir el contrato de hospedaje sin conceder un plazo de gracia.
5.2 Si el huésped no se presenta antes de las 18.00 horas del día de llegada acordado, no habrá obligación de proporcionar alojamiento a menos que se haya acordado una hora de llegada posterior.
5.3 Si la parte contratante ha efectuado un pago a cuenta (véase 3.3), las habitaciones permanecerán reservadas como máximo hasta las 12.00 horas del día siguiente al día de llegada acordado. Si el pago anticipado supera los cuatro días, la obligación de proporcionar alojamiento finalizará a las 18.00 horas del cuarto día, computándose el día de llegada como primer día, salvo que el huésped anuncie un día de llegada posterior.
5.4 Salvo pacto en contrario, el contrato de alojamiento podrá ser rescindido por el proveedor del alojamiento mediante declaración unilateral por motivos objetivamente justificados hasta tres meses antes del día de llegada acordado de la parte contratante como máximo.

Retirada por la Parte – tasa de cancelación
5.5 Hasta 3 meses antes de la fecha acordada de llegada del Huésped como máximo, el Contrato de Alojamiento podrá ser cancelado por declaración unilateral de la Parte sin pago de tasa de cancelación.
5.6 Fuera del período especificado en el apartado 5.5, la cancelación por declaración unilateral de la parte contratante sólo es posible previo pago de las siguientes tasas de cancelación:
– hasta 1 mes antes de la fecha de llegada 40% del precio total del paquete;
– hasta 1 semana antes de la fecha de llegada 70% del precio total del paquete;
– en la última semana antes de la fecha de llegada 90% del precio total del paquete.

Impedimentos para la llegada
5.7 Si la Parte no puede llegar al establecimiento de alojamiento el día de llegada debido a circunstancias extraordinarias imprevisibles (por ejemplo, nevadas extremas, inundaciones, etc.), la Parte no estará obligada a pagar la remuneración acordada por los días de llegada.
5.8 La obligación de pagar la remuneración por la estancia reservada se reactivará a partir de la fecha de llegada si ésta es posible de nuevo en un plazo de tres días.

§ Sección 6 Provisión de alojamiento sustitutivo
6.1 El Propietario puede proporcionar a la Parte o a los huéspedes un alojamiento sustitutivo adecuado (de la misma calidad) si ello es razonable para la Parte, en particular si la desviación es menor y está objetivamente justificada.
6.2 Se dará una justificación objetiva, por ejemplo, si la(s) habitación(es) ha(n) quedado inutilizable(s), los huéspedes ya alojados prolongan su estancia, hay overbooking u otras medidas operativas importantes hacen necesaria esta medida.
6.3 Los gastos adicionales del alojamiento sustitutivo correrán a cargo del proveedor del alojamiento.

§ 7 Derechos de la parte contratante
7.1 Al celebrar un contrato de alojamiento, la parte contratante adquiere el derecho al uso habitual de las habitaciones alquiladas, a las instalaciones del establecimiento de alojamiento, que normalmente son accesibles a los huéspedes para su uso sin condiciones especiales, y al servicio habitual. La Parte ejercerá sus derechos de acuerdo con las directrices del hotel y/o de los huéspedes (reglamento interno).

§ 8 Obligaciones de la parte contratante
8.1 La parte contratante está obligada a abonar la retribución acordada más los importes adicionales que se produzcan por el uso separado de los servicios por parte de la parte contratante y/o los invitados acompañantes, más el IVA legal, a más tardar en el momento de la salida.
8.2 El hospedero no está obligado a aceptar divisas extranjeras. En caso de que el organizador acepte monedas extranjeras, éstas se aceptarán como pago al tipo de cambio vigente, siempre que sea posible. Si el hospedero acepta monedas extranjeras o medios de pago sin efectivo, la parte contratante correrá con todos los gastos conexos, tales como consultas a compañías de tarjetas de crédito, telegramas, etc.
8.3 La parte contratante será responsable ante el hospedero de cualquier daño causado por la parte contratante o el huésped u otras personas que acepten los servicios del hospedero con el conocimiento o la voluntad de la parte contratante.

§ 9 Derechos del hospedero
9.1 Si la parte contratante se niega a pagar la remuneración acordada o se retrasa en el pago, el hospedero tendrá el derecho legal de retención conforme al art. 970c ABGB y el derecho legal de prenda conforme al art. 1101 ABGB sobre los objetos entregados por la parte contratante o el huésped. Además, el hospedero podrá hacer uso de este derecho de retención o gravamen para garantizar sus pretensiones derivadas del contrato de hospedaje, especialmente en lo que se refiere al servicio de comidas, a otros gastos ocasionados por la fiesta y a pretensiones de indemnización de cualquier tipo.
9.2 En caso de que se solicite un servicio en la habitación de la parte contratante o en horas inusuales del día (después de las 20.00 horas y antes de las 6.00 horas), el hospedero tendrá derecho a cobrar una tarifa especial por ello. No obstante, esta tarifa especial se indicará en la lista de precios de la habitación. Asimismo, el titular podrá denegar dichos servicios por razones operativas.
9.3 El titular tendrá derecho a facturar o a facturar a cuenta sus servicios en cualquier momento.

§ 10 Obligaciones del Propietario
10.1 El Propietario está obligado a prestar los servicios acordados en la medida que corresponda a su estándar.
10.2 Ejemplos de servicios especiales del proveedor de alojamiento que están sujetos a etiquetado y no están incluidos en la tarifa de alojamiento son:
a) servicios especiales de alojamiento que pueden cobrarse por separado, como la provisión de salones, sauna, piscina cubierta, piscina, solárium, garaje, etc.;
b) se cobrará un precio reducido por la provisión de camas o cunas adicionales.

§ 11 Responsabilidad del hospedero por daños en los objetos introducidos
11.1 El hospedero es responsable de los objetos introducidos por la parte contratante conforme a los artículos 970 y siguientes del Código Civil austriaco (ABGB). El hospedero solo será responsable si los objetos han sido entregados al hospedero o a las personas autorizadas por el hospedero o han sido llevados a un lugar indicado o designado al efecto por el hospedero. Si el propietario no puede demostrarlo, responderá por su propia culpa o por la de sus empleados, así como por la de las personas salientes y entrantes. El hospedero responderá de conformidad con el artículo 970 (1) del Código Civil alemán (ABGB) hasta el importe máximo estipulado en la Ley Federal de 16 de noviembre de 1921 sobre la responsabilidad de los hospederos y otros empresarios, en su versión modificada. Si la parte contratante o el huésped no cumplen inmediatamente con la petición del proveedor del alojamiento de depositar sus pertenencias en un lugar de almacenamiento especial, el proveedor del alojamiento quedará exento de cualquier responsabilidad. El importe de cualquier responsabilidad del Propietario se limitará como máximo a la suma del seguro de responsabilidad civil del respectivo Propietario. Se tendrá en cuenta cualquier culpa por parte de la Parte o del Huésped.
11.2 El Propietario no será responsable por negligencia leve. Si la Parte es un Empresario, también se excluirá la responsabilidad por negligencia grave. En este caso, la carga de la prueba de la existencia de culpa recaerá sobre la parte contratante. Los daños consecuenciales o indirectos, así como el lucro cesante, no serán indemnizados en ningún caso.
11.3 El Propietario sólo será responsable de los objetos de valor, dinero y valores hasta la cantidad actual de 550 euros. El Propietario sólo será responsable de los daños que superen este importe en caso de que haya aceptado estos objetos para su custodia con conocimiento de su naturaleza o en caso de que los daños hayan sido causados por él mismo o por uno de sus empleados. La limitación de responsabilidad
en virtud de 12.1 y 12.2 se aplicará mutatis mutandis.
11.4 El Propietario podrá negarse a custodiar objetos de valor, dinero y valores si los objetos en cuestión son significativamente más valiosos que los que suelen custodiar los huéspedes del correspondiente establecimiento de alojamiento.
11.5 En cualquier caso de custodia, quedará excluida la responsabilidad si la Parte y/o el Huésped no notifican al Propietario los daños sufridos sin demora indebida tras tener conocimiento de los mismos. Además, tales reclamaciones deberán hacerse valer ante los tribunales en un plazo de tres años a partir de la fecha del conocimiento o posible conocimiento por la Parte y/o el Huésped; de lo contrario, el derecho prescribirá.

§ 12 Limitaciones de responsabilidad
12.1 Si la Parte es un Consumidor, quedará excluida la responsabilidad del Propietario por negligencia leve, a excepción de los daños personales.
12.2 Si la Parte es un Empresario, quedará excluida la responsabilidad del Propietario por negligencia leve y grave. En este caso, la carga de la prueba de la existencia de culpa recaerá sobre la parte contratante. No se indemnizarán los daños consecuenciales, inmateriales o indirectos ni el lucro cesante. El daño a indemnizar se limitará en todo caso al importe del interés legítimo
.

§ 13 Tenencia de animales
13.1 Sólo se podrán introducir animales en el establecimiento de alojamiento con el consentimiento previo del proveedor de alojamiento y, en caso necesario, previo pago de una tasa especial.
13.2 La parte contratante que lleve consigo un animal está obligada a mantenerlo o vigilarlo adecuadamente durante su estancia o a encargar su mantenimiento o vigilancia a un tercero adecuado, corriendo con los gastos.
13.3 La Parte o el Invitado que traiga consigo un animal deberá contar con un seguro de responsabilidad civil para animales o un seguro de responsabilidad civil personal adecuados, que el Propietario facilitará previa solicitud.
13.4 La Parte y/o su asegurador responderán solidariamente frente al Propietario de los daños causados por los animales llevados consigo. En particular, los daños incluirán también las indemnizaciones que deba abonar el Propietario a terceros.
13.5 No se admitirán animales en los salones, salas de descanso, salas de restaurante y zonas de bienestar.

§ 14 Prórroga del alojamiento
14.1 La Parte no tendrá derecho a una prórroga de su estancia. Si la parte contratante notifica a tiempo al hospedero su deseo de prolongar la estancia, el hospedero podrá aceptar la prolongación del contrato de hospedaje. El hospedero no está obligado a ello.
14.2 Si la parte contratante no puede abandonar el establecimiento de hospedaje el día de su partida debido a circunstancias extraordinarias imprevisibles (p.ej. nevadas extremas, inundaciones, etc.) que hacen que todas las opciones de partida estén cerradas o inutilizables, el contrato de hospedaje se prorrogará automáticamente por el tiempo que dure la imposibilidad de partida. Una reducción de la tarifa por este periodo sólo será posible si la Parte no puede hacer pleno uso de los servicios ofrecidos por el establecimiento de alojamiento debido a las condiciones meteorológicas extraordinarias. El proveedor del alojamiento tendrá derecho a exigir como mínimo la tarifa correspondiente al precio cobrado habitualmente en temporada baja.

§ 15 Rescisión del contrato de hospedaje – Cancelación prematura
15.1 Si el contrato de hospedaje se ha celebrado por un periodo de tiempo determinado, éste finalizará al expirar dicho periodo.
15.2 Si la parte contratante se retira prematuramente, el hospedero tendrá derecho a exigir la remuneración íntegra acordada. El Propietario deducirá lo que haya ahorrado como consecuencia de la no utilización de sus servicios o lo que haya percibido por el alquiler de las habitaciones reservadas a otras partes. Sólo se considerará que se ha producido un ahorro si el establecimiento de alojamiento está totalmente reservado en el momento en que no se utilicen las habitaciones solicitadas por el huésped y éstas pueden alquilarse a otros huéspedes debido a la cancelación por parte del contratante. La carga de la prueba del ahorro recaerá sobre la parte contratante.
15.3 El contrato con el Propietario finalizará en caso de fallecimiento del Huésped.
15.4 Si el contrato de alojamiento se ha celebrado por tiempo indefinido, las partes contratantes podrán rescindirlo antes de las 10.00 horas del tercer día anterior al previsto para la finalización del contrato.
15.5 El Propietario tendrá derecho a rescindir el Contrato de Alojamiento con efecto inmediato por causa justificada, en particular si la Parte o el Huésped
a) haga un uso considerablemente perjudicial de los locales o, por su comportamiento desconsiderado, ofensivo o gravemente impropio hacia los demás huéspedes, el propietario, el personal del propietario o terceras personas alojadas en el establecimiento de alojamiento, haga desagradable la convivencia o sea culpable de un delito punible contra la propiedad, la moral o la seguridad física hacia estas personas;
b) padezca una enfermedad infecciosa o una dolencia que se prolongue más allá del periodo de alojamiento o necesite cuidados por cualquier otro motivo;
c) no abone las facturas presentadas a su vencimiento en un plazo razonable (3 días).
15.6 Si el cumplimiento del contrato se hace imposible debido a un acontecimiento que se considere de fuerza mayor (por ejemplo, catástrofes naturales, huelga, cierre patronal, órdenes oficiales, etc.), el Propietario podrá rescindir el Contrato de hospedaje en cualquier momento sin observar un plazo de preaviso, a menos que el contrato ya se considere rescindido por ley o que el Propietario quede liberado de su obligación de proporcionar alojamiento
. Queda excluida cualquier reclamación por daños y perjuicios, etc. por la Parte.

§ 16 Enfermedad o fallecimiento del huésped
16.1 Si un huésped enferma durante su estancia en el establecimiento de hospedaje, el Propietario del alojamiento le proporcionará asistencia médica a petición del huésped. En caso de peligro inminente, el Propietario se encargará de la asistencia médica incluso sin una petición especial del Huésped, en particular si es necesario y el Huésped no puede hacerlo por sí mismo.
16.2 Mientras el Huésped no pueda tomar decisiones o no se pueda contactar con sus familiares, el Propietario se encargará del tratamiento médico a cargo del Huésped. No obstante, el alcance de estas medidas asistenciales finalizará en el momento en que el Huésped sea capaz de tomar decisiones o se haya comunicado a sus familiares el caso de enfermedad.
16.3 El Propietario tendrá derecho a reclamar una indemnización a la Parte y al Invitado o, en caso de fallecimiento, a sus sucesores legales por los siguientes gastos en particular:
a) gastos médicos pendientes, gastos de transporte de pacientes, medicamentos y ayudas médicas
b) la desinfección de la habitación que haya sido necesaria,
c) la ropa de cama y los muebles de cama que hayan quedado inutilizables, en su defecto para la desinfección o limpieza a fondo de todos estos elementos,
d) la restauración de paredes, muebles, alfombras, etc., en la medida en que se hayan contaminado o dañado en relación con la enfermedad o el fallecimiento,
e) el alquiler de la habitación, en la medida en que ésta haya sido utilizada por el huésped, más los días de inutilización de las habitaciones debido a la desinfección, evacuación, etc., f) cualquier otro daño sufrido por el proveedor del alojamiento. etc.,
f) cualquier otro daño sufrido por el proveedor del alojamiento.

§ 17 Lugar de cumplimiento, lugar de jurisdicción y elección de la ley
17.1 El lugar de cumplimiento es el lugar donde se encuentra el establecimiento de alojamiento.
17.2 El presente contrato se regirá por el derecho formal y material austriaco, con exclusión de las normas de derecho internacional privado (en particular, IPRG y EVÜ) y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
17.3 La jurisdicción exclusiva para las transacciones comerciales bilaterales será el domicilio del Propietario, por lo que el Propietario también tendrá derecho a hacer valer sus derechos ante cualquier otro tribunal con jurisdicción local y de la materia.
17.4 Si el contrato de alojamiento se ha celebrado con un socio contractual que es consumidor y tiene su lugar de residencia o domicilio habitual en Austria, las acciones legales contra el consumidor sólo podrán ejercitarse en su lugar de residencia, domicilio habitual o lugar de trabajo.
17.5 Si el contrato de alojamiento se ha celebrado con una parte contratante que es un consumidor y cuyo lugar de residencia se encuentra en un Estado miembro de la Unión Europea (a excepción de Austria), Islandia, Noruega o Suiza, el tribunal con jurisdicción local y de la materia del lugar de residencia del consumidor tendrá jurisdicción exclusiva para las acciones contra el consumidor.

§ 18 Varios
18.1 Salvo que las disposiciones anteriores dispongan otra cosa, un plazo comenzará a correr a partir de la entrega del documento que lo ordena a las partes contratantes, que deberán respetarlo. En el cómputo de un plazo determinado por días, no se incluirá el día en el que cae el momento o el acontecimiento en el que debe basarse el inicio del plazo. Los plazos determinados por semanas o meses se refieren al día de la semana o del mes que corresponda por su nombre o número al día a partir del cual deba contarse el plazo. Si falta este día en el mes
, será determinante el último día de este mes.
18.2 Las declaraciones deberán ser recibidas por la otra Parte respectiva el último día del plazo (medianoche).
18.3 El Propietario tendrá derecho a compensar sus propios créditos con los créditos de la Parte. La Parte no tendrá derecho a compensar sus propios créditos con los créditos del Propietario a menos que el Propietario sea insolvente o que el crédito de la Parte haya sido establecido por un tribunal o reconocido por el Propietario.
18.4 En caso de lagunas, se aplicarán las disposiciones legales pertinentes.

Canjear vales

En general, los vales sólo pueden canjearse previa solicitud y según disponibilidad. Los vales no pueden canjearse durante eventos especiales que tengan lugar en la región (Salzburgo, Viena y Pichlarn). Los vales no pueden canjearse los fines de semana de Adviento ni en Nochevieja.

Condiciones generales para reservas de eventos y grupos

1. precios
Todos los precios se indican en euros e incluyen el IVA vigente (10% o 20%). Todas las modificaciones de precios e impuestos derivados de cambios en la legislación correrán a cargo del cliente.

2. pago por adelantado y condiciones de pago in situ
Para las reservas de grupos y eventos, deberá abonarse un anticipo del 100% de los costes previstos antes de la llegada. Los demás importes de las facturas deberán abonarse inmediatamente en el hotel; no es posible enviar facturas por un importe inferior a 1.000,00 euros. Las facturas son pagaderas sin deducciones en el momento de su presentación. El pago deberá efectuarse mediante transferencia bancaria. Si los importes de las facturas están pendientes de pago durante más de 10 días, el hotel tiene derecho, a su discreción, a cobrar el 1% del importe por mes o el interés de demora legal más alto. Todos los gastos ocasionados por el cobro correrán a cargo del receptor de la factura.

3. cambios
Los cambios en la reserva de habitaciones, el programa del evento o el número de participantes pueden dar lugar a un ajuste del precio acordado. Una vez firmado el contrato, todos los cambios deberán realizarse por escrito entre el hotel y el cliente.

4. catering
Para cualquier tipo de catering en el hotel, sólo se utilizarán los servicios del hotel. No obstante, si se sirven bebidas introducidas en el hotel, lo que requiere el consentimiento del hotel, deberá abonarse la denominada tasa de descorche, que asciende al 50% del precio de venta en el hotel de las mismas bebidas.

5. desalojo
El organizador deberá desalojar las habitaciones y los locales del hotel utilizados por él en la fecha acordada. Si el organizador no cumple el plazo de desalojo, el hotel tendrá derecho a retirar todos los objetos introducidos y almacenarlos con terceros por cuenta y riesgo del organizador.

6. depósito
Los depósitos acordados no son reembolsables. No obstante, si el hotel puede revender habitaciones y salas de actos en caso de cancelación, se reembolsará el depósito.

7. organización de eventos/responsabilidad
Cualquier objeto, material de decoración, etc. que se introduzca en el hotel deberá cumplir los requisitos de seguridad contra incendios y cualquier montaje deberá acordarse con el hotel.
El organizador es responsable de la obtención de los permisos oficiales y, en el caso de actuaciones musicales, del registro y la facturación con AKM.
En virtud de un acuerdo por separado con el hotel, el organizador tiene derecho a introducir objetos en las salas previstas con fines de exposición, presentación, oferta o demostración, o a utilizarlos allí él mismo como soporte.

Al hacerlo, el organizador debe proceder con consideración por las operaciones del hotel y la protección del hotel, el inventario y los huéspedes. El organizador se compromete a dejar los edificios, el mobiliario, el inventario, las instalaciones y el equipo del hotel en el estado en que los encontró. El organizador será responsable de los desperfectos, daños y desgastes extraordinarios causados por el uso del hotel o por el montaje y desmontaje de objetos de exposición y equipos de exposición, independientemente de que los daños hayan sido causados por el propio organizador, sus empleados, auxiliares ejecutivos o sus visitantes, e independientemente de que sea culpable. Los cambios de montaje o de asiento in situ no solicitados con antelación se facturarán a precio de coste.

8. cambio de reserva
En caso de que IMLAUER Hotel & Restaurant GmbH, por cualquier motivo, no disponga del número y tipo de habitaciones y salones de actos ya reservados, la empresa se reserva el derecho de alojar al grupo o evento en otro establecimiento de la empresa u hotel de la misma categoría en las inmediaciones.
Además, la empresa se reserva el derecho de cambiar la reserva de salones de actos reservados dentro de la empresa en salones equivalentes con capacidad similar. En general, para IMLAUER Hotel & Restaurant GmbH rigen las mismas condiciones de cancelación y reducción que para el cliente.

9. fuerza mayor
La «fuerza mayor» exime a ambas partes, el cliente y el hotel, de sus obligaciones contractuales en virtud del presente acuerdo. La fuerza mayor incluye Guerra, ocupación, motín, huelga, incendio, inundación, avería completa de los servicios públicos, cese completo del tráfico aéreo (excepto debido a condiciones meteorológicas o huelga), todo ello, sin embargo, sólo si el hotel y su negocio se ven directamente afectados por ello.

10. obras de renovación
El hotel desea señalar que es posible que se lleven a cabo obras de renovación en algunas partes del hotel y en sus inmediaciones. En las partes del hotel no afectadas por las obras de renovación, las operaciones del hotel continuarán sin interrupción. El hotel tomará todas las precauciones necesarias para garantizar que los huéspedes del hotel no sufran molestias a causa de las obras de renovación. El hotel no acepta ninguna responsabilidad ni obligación de garantía por los daños o reclamaciones que puedan surgir en relación con las obras de reforma, a menos que dichos daños o reclamaciones se deban a dolo o negligencia grave.

11. fotógrafos
Si el organizador contrata a un fotógrafo, deberá acordarlo con el hotel.
Sólo se podrán habilitar zonas para la venta de fotografías en áreas autorizadas, pagando el alquiler correspondiente. Queda terminantemente prohibido colocar mesas, tablones o paneles colgantes para la venta de fotografías en la zona de las vías de evacuación y los vestíbulos. Las excepciones, siempre que no vayan en detrimento de la seguridad o el ambiente del hotel, sólo podrán ser concedidas por la dirección del hotel.

12. fuero competente
El fuero competente es Salzburgo. Se aplicará la legislación austriaca según lo acordado.